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Nuevo Sistema Educativo en España (2002)
CONFIGURACIÓN DEL NUEVO SISTEMA
EDUCATIVO DE ESPAÑA
1.- EDUCACIÓN PREESCOLAR (hasta 3 años)
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Es de carácter voluntario para las familias, y tiene
como finalidad la atención educativo-asistencial a la primera infancia.
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Las CC.AA serán las encargadas de supervisar y
controlar las condiciones de los centros, además de coordinar la oferta de
plazas.
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Estas enseñanzas serán impartidas por profesionales con
la debida cualificación.
2.- EDUCACIÓN INFANTIL (3-6 años)
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La educación infantil, de carácter voluntario para las
familias, será gratuita para atender la demanda que existe actualmente. De
esta forma, todos los padres que deseen escolarizar a sus hijos en esta
etapa dispondrán de una plaza gratuita.
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En esta etapa, los niños se introducirán en el
aprendizaje de lectura, escritura y habilidades numéricas; y además,
iniciarán el estudio de una lengua extranjera y de las nuevas tecnologías.
3.- EDUCACIÓN PRIMARIA (6-12 años)
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Se potenciará la formación en habilidades de lectura,
escritura y cálculo, ya que el objetivo es que todos los alumnos finalicen
esta etapa con sólidos conocimientos en estos tres ámbitos. Por todo ello,
se actualizarán los currículos de las enseñanzas mínimas de este nivel,
potenciando las áreas instrumentales (Lengua y Matemáticas) y las Lenguas
Extranjeras (se adelantará el aprendizaje de una lengua extranjera al
Primer Curso de Primaria, que hoy comienza en Tercero).
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En todas las áreas se incluirán actividades que
fomenten la lectura.
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La evaluación de los alumnos será continua, es decir,
un alumno pasará de ciclo si ha alcanzado los objetivos establecidos en el
currículo. Cuando no ocurra así, podrá permanecer un curso más en el mismo
ciclo una sola vez a lo largo de la Educación Primaria. Los alumnos que
accedan al ciclo siguiente con evaluación negativa en alguna de las áreas,
recibirán los apoyos necesarios para su recuperación.
4.- EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (12-16 años)
CURSOS 1º y 2º
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En 1º y 2º, se establecerán medidas de refuerzo
educativo, que permiten una enseñanza más personalizada y acorde con las
necesidades específicas de cada alumno.
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Al finalizar el 2º curso de la Secundaria Obligatoria,
con el fin de orientar a las familias y a los alumnos en la elección de
los itinerarios posteriores, el equipo de evaluación y el equipo de
orientación emitirán un informe de orientación escolar para cada alumno.
CURSOS 3º Y 4º
En 3º y 4º de la ESO las enseñanzas se organizarán en
asignaturas comunes y en asignaturas específicas.
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En 3º de Secundaria, los alumnos podrán elegir
libremente entre dos itinerarios: Itinerario Tecnológico e Itinerario
Científico-Humanístico.
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En 4º de Secundaria, podrán elegir libremente entre
tres itinerarios: Itinerario Tecnológico, Itinerario Científico e
Itinerario Humanístico.
Características de los itinerarios
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Serán los alumnos, junto con sus familias, y con la
orientación de los profesores, quienes elegirán libremente el itinerario
más adecuado para 3º y 4º.
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Se prevé la movilidad entre itinerarios. Es decir, que
si un alumno elige un itinerario en 3º podrá cambiar de itinerario, si así
lo desea, en 4º. La decisión por tanto es reversible para los alumnos.
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Todos los alumnos, independientemente del itinerario
que elijan, obtendrán el mismo Título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, que permitirá acceder al Bachillerato y a la FP de Grado
Medio. Programas de Iniciación Profesional.
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Para los alumnos de 16 años (y excepcionalmente de 15)
que voluntariamente no deseen cursar los itinerarios podrán, si así lo
desean, seguir los nuevos Programas de Iniciación Profesional (actual
Garantía Social).
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En estos Programas, que durarán dos años, los alumnos
recibirán formación de los contenidos curriculares esenciales de la
Educación Secundaria y también módulos profesionales.
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Los alumnos que superen un Programa de Iniciación
Profesional obtendrán también el Título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, algo que no sucede con los actuales programas de
Garantía Social. De esta forma, estos alumnos tendrán una segunda
oportunidad para poder obtener ese título y continuar con sus estudios.
Así, el objetivo de estos programas es que el mayor número posible de
alumnos termine la educación obligatoria, o lo que es lo mismo, reducir
significativamente la tasa de abandono escolar.
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Por otra parte, si el alumno supera total o
parcialmente los módulos profesionales tendrá derecho a una certificación,
que estará homologada por el Catálogo Nacional de Cualificaciones previsto
por la Ley Orgánica de Formación Profesional. Además, quienes superen la
totalidad de los módulos profesionales podrán acceder a la Formación
Profesional de Grado Medio, quedando exentos de la parte práctica de la
prueba prevista para todos aquellos que no tienen el título de Graduado en
la ESO.
Promoción en Secundaria Obligatoria
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La evaluación se realizará por asignaturas al final de
cada uno de los cursos. De esta forma, los alumnos que no superen alguna
asignatura podrán realizar una prueba extraordinaria para recuperarla. Una
vez realizada esta prueba, cuando el número de asignaturas no aprobadas
sea tres o más, el alumno deberá repetir. Con este sistema, se elimina la
denominada “promoción automática”, por la que los alumnos pasan de curso
independientemente del número de materias suspendidas.
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Los alumnos podrán repetir cada curso una sola vez.
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Para obtener el Título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, los alumnos deberán haber aprobado todas las
asignaturas. En caso contrario, recibirán un Certificado de Escolaridad,
en el que constarán los años cursados. Se introduce la posibilidad, en
casos excepcionales y siguiendo las condiciones que establezca el
Gobierno, de que un alumno pueda superar el último curso de la Educación
Secundaria Obligatoria aunque le falte alguna asignatura por aprobar.
5.- BACHILLERATO (16-18 años)
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A los 16 años, los alumnos podrán elegir entre tres
modalidades de Bachillerato: Bachillerato de las Artes; Bachillerato de
Ciencia y Tecnología, y Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
Cada uno de ellos se organizará en materias comunes, materias de modalidad
y materias optativas. Los currículos de todas las asignaturas incluirán
actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura, la
expresión oral y la comunicación.
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Para obtener el Título de Bachiller los alumnos deberán
aprobar todas las asignaturas y superar la Prueba General de Bachillerato
(PGB), de carácter externo a los centros. La prueba comprenderá una parte
común y una parte específica de cada modalidad. La prueba correspondiente
a la lengua extranjera incluirá una parte oral y otra parte escrita.
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Cada alumno dispondrá de cuatro convocatorias para
superar la prueba. Una vez agotadas, podrá presentarse por el
procedimiento que se establezca para que las personas mayores de 21 años
adquieran el título de Bachiller.
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La PGB es una prueba que permitirá homologar nuestro
sistema educativo con la Unión Europea, en donde ya existen pruebas de
este tipo.
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La nota del Título de Bachiller será la media del
expediente del Bachillerato y de la calificación obtenida en la PGB. Este
título será necesario para acceder a los estudios universitarios y a la FP
de Grado Superior.
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A los alumnos que no aprueben la PGB tras todas las
convocatorias, pero que hayan aprobado todas las asignaturas del
Bachillerato, se les emitirá un certificado con efectos laborales y que
permitirá también acceder, mediante una prueba, a la Formación Profesional
de Grado Medio.
6.- ATENCIÓN A ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS
ESPECÍFICAS
Alumnos extranjeros
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Se desarrollarán programas de aprendizaje para
facilitar la incorporación de los alumnos extranjeros al sistema
educativo.
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Igualmente, se introducen programas específicos de
Lengua y Cultura para la población inmigrante en edad adulta, con el fin
de favorecer su integración.
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Los alumnos extranjeros tendrán los mismos derechos y
los mismos deberes que los españoles. Su incorporación al sistema
educativo supondrá la aceptación de las normas establecidas con carácter
general y de las normas de convivencia de los centros educativos en los
que se integren.
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Se promoverán actuaciones de formación del profesorado
para la atención educativa de estos alumnos.
Alumnos superdotados
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Se adoptarán las medidas necesarias para identificar y
evaluar de forma temprana sus necesidades, con el fin de darles una
respuesta educativa más adecuada.
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Se establecerán las normas para flexibilizar la
duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo
independientemente de la edad de estos alumnos, y se fijarán los criterios
para la creación de programas de intensificación del aprendizaje.
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Se promoverá la formación específica del profesorado
que atienda a estos alumnos y se ofrecerá asesoramiento a las familias.
Alumnos con necesidades educativas especiales
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Estos alumnos serán escolarizados en función de sus
características, integrándolos en grupos ordinarios, en aulas
especializadas en centros ordinarios o en centros de educación especial,
según determinen equipos de profesionales, contando con la opinión de
padres y profesores.
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Se contemplarán las necesidades educativas de los
alumnos con trastornos graves de personalidad.
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Se promoverán ofertas formativas a sus necesidades
específicas, para facilitar su integración social y laboral.
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Se desarrollarán programas de formación específica para
los profesores que imparten enseñanzas a estos alumnos.
7.- ENSEÑANZAS DE IDIOMAS
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Con el fin de dotarlas de más flexibilidad, y siguiendo
las recomendaciones del Consejo de Europa, se establecerán tres niveles en
estas enseñanzas: básico, intermedio y avanzado.
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Las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán impartir la
enseñanza del español como lengua extranjera. Además, podrán impartir
cursos de actualización para personas adultas y colaborarán en la
formación del profesorado. Las Escuelas Oficiales integrarán también en su
oferta la enseñanza de idiomas a distancia.
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Se facilitará a los alumnos de Educación Secundaria y
FP la realización de pruebas homologadas en los I.E.S. para obtener el
certificado oficial de lenguas extranjeras.
8.- OTRAS MEDIDAS DE LA LEY DE CALIDAD
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Se desarrolla la evaluación del sistema educativo.
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Se reconoce y estimula el trabajo de los docentes. Se
refuerza la importancia de la formación de los profesores, tanto inicial
como permanente. Además, se establecen medidas de apoyo a la función
docente, como licencias retribuidas para participar en actividades de
formación e innovación; sustitución de la jornada lectiva para los mayores
de 55 años sin disminución de las retribuciones; protección y asistencia
jurídica; promoción de la evaluación voluntaria del profesorado... Además,
se reconoce la función tutorial en todos los niveles educativos (y no sólo
en la Secundaria Obligatoria). Por otra parte, se facilitará la movilidad
del profesorado en los concursos de traslado.
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Se estructura una carrera docente sólida con mayores
posibilidades de promoción, que tiene como último tramo el restablecido
Cuerpo de Catedráticos.
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Se refuerzan las competencias de la función directiva,
y se modifica el sistema de elección de los directores, otorgando más
protagonismo a los profesores.
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Se introducen medidas encaminadas a mantener la
convivencia y la disciplina en las aulas.
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Se dota de mayor autonomía a los centros escolares en
materia pedagógica, organizativa y de gestión económica, y se establece la
posibilidad de que los centros se especialicen en algunos aspectos del
currículo.
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Se introduce un nuevo criterio para la admisión de
alumnos: la condición legal de familia numerosa, lo que implica el
correspondiente reconocimiento de esta situación. Además, los alumnos
discapacitados tendrán también preferencia a la hora de elegir centro
escolar.
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Se especifican las funciones de la Alta Inspección a
fin de que constituya un instrumento eficaz para la vertebración y
coordinación del sistema educativo.
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Como consecuencia del nuevo sistema de financiación
autonómica, aprobado por todas las Comunidades Autónomas en el Consejo de
Política Fiscal y Financiera del 27 de julio de 2001, las obligaciones de
gasto que pudieran recaer sobre las Comunidades Autónomas como
consecuencia del desarrollo de algunas de las medidas contempladas en esta
Ley, serán valoradas de acuerdo con los procedimientos previstos en el
marco del nuevo sistema de financiación autonómica.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
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