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Ministerio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación DOCUMENTOS PARA LA CONCERTACION Serie A, N° 20 ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION ARTISTICA Diciembre, 1998 I. Introducción Este Acuerdo se refiere a la Educación Artística como Régimen Especial, según el capítulo VII de la Ley Federal de Educación Nº 24195. En consecuencia atiende a la formación de especialistas en arte, como opción formativa. En el marco de la transformación educativa esta opción formativa debe posibilitar la profundización del conocimiento del campo del arte y la focalización en una o más especialidades, considerando la especificidad de sus procesos de enseñanza y de aprendizaje y las características del contexto contemporáneo. Por ello debe contribuir tanto al desarrollo del pensamiento crítico y reflexivo como al de las potencialidades expresivas y comunicativas que implican la producción y la apreciación del entorno cultural y a la promoción y protección del patrimonio a través del pleno aprovechamiento de las capacidades creativas de los estudiantes que elijan esta opción. En todos sus niveles y especialidades, la Educación Artística como Régimen Especial promoverá la integración de la formación académica, técnica y profesional. II. Funciones de la Educación Artística como régimen especial Las funciones de la educación artística como régimen especial complementan y especifican las que cumple la educación artística en el sistema regular de enseñanza. Tal como se desprende del detallado tratamiento en los Contenidos Básicos Comunes en el sistema regular, la educación artística promueve una alfabetización estética y en los lenguajes seleccionados en la Educación General Básica, que se completa en el Nivel Polimodal a través de una sistematización conceptual. En el régimen especial la educación artística tiene las siguientes funciones. Función propia: Provee la formación de profesionales del arte y de educadores de las distintas especialidades a través del desarrollo de las potencialidades artísticas y de las capacidades cognitivas, metacognitivas, prácticas, éticas, estéticas, interactivas y afectivas; atendiendo los intereses de quienes optan por ella. Función propedéutica: En articulación con el Nivel Polimodal garantiza a los estudiantes la posibilidad de continuar estudios superiores que permitan la profundización y especialización en las diversas ramas del arte y sus formas de producción. Función ética y ciudadana: Propende a la formación en valores y al fortalecimiento de la identidad nacional atendiendo a las idiosincrasias locales, provinciales y regionales y a la integración con América y el mundo. Asimismo favorece la concreción de una efectiva igualdad de oportunidades y posibilita para todos los habitantes el rechazo a todo tipo de discriminación. Función de preparación para la vida productiva: Ofrece a los estudiantes una orientación hacia amplios campos del mundo del trabajo, fortaleciendo las competencias que les permitan adaptarse flexiblemente a sus cambios y aprovechar sus posibilidades, lo que se fundamenta en la valorización del trabajo como realización del hombre y la sociedad, y como eje vertebrador del proceso social y educativo. III. Reorganización de la Educación Artística 1. Estructura del régimen especial La estructura del régimen especial procurará responder a los siguientes criterios:
La estructura tiene las siguientes características:
En el marco de la transformación educativa, la Educación Artística se organiza en dos niveles, uno básico y otro superior.
El Trayecto Artístico Profesional se fundamenta en la profundización del campo del arte y en el desarrollo de la especialidad elegida, dando apertura a marcos teóricos, a sus técnicas y modos de producción. Este trayecto estará organizado en itinerarios formativos. La organización y edad de iniciación del Nivel Básico en ciclos, etapas, y/o años, será determinada por las provincias y/o instituciones, en función de las necesidades de cada especialidad, en el marco de la carga horaria mínima definida para el nivel. Este nivel básico se articula con:
Este nivel ofrece la formación superior en la especialidad garantizando la formación de competencias y la idoneidad profesional para el desempeño específico. Para acceder al Nivel Superior, es requisito haber aprobado la Educación Polimodal y haber cursado y aprobado el Nivel Básico o acreditar competencias equivalentes, según las necesidades de cada especialidad artística, a través de estrategias que las instituciones definan a tal efecto. El Nivel Superior comprende dos alternativas:
Nivel Básico Al finalizar el Nivel Básico de la Educación Artística, los estudiantes habrán logrado competencias, entendidas como habilidades complejas, integradas por componentes cognitivos, prácticos, metacognitivos, éticos, estéticos, interactivos, afectivos, que posibiliten a los alumnos y las alumnas:
Estas competencias promoverán el aprender a aprender y aprender a emprender en el campo de las artes y en otros que se vinculan con él de una u otra forma en el contexto contemporáneo, y permiten una formación básica para la prosecución de estudios superiores, profesionales y/o docentes. Nivel Superior Las competencias de la alternativa de la Formación Docente en el nivel superior se definen como expectativas de logros en los respectivos CBO para la Formación Docente. La alternativa de tecnicatura en el Nivel Superior profundizará, ampliará y contextualizará las competencias generales y específicas logradas en el Nivel Básico, lo que posibilitará a los/las egresados/as:
El Nivel básico o TAP dispondrá de un mínimo de 2000 hs. reloj. La carga horaria total puede iniciarse y distribuirse según las necesidades de cada especialidad, de acuerdo con los contenidos básicos correspondientes y en el marco de los lineamientos definidos por las provincias. Se contempla de este modo la diversidad de edades de ingreso y las demandas específicas de cada trayecto artístico. El Nivel Superior dispondrá de un mínimo de 2800 hs. reloj, para la Tecnicatura Superior y para la Formación Docente se dispondrá también de 2800 hs. tal como se plantea en los Acuerdos correspondientes. La organización de las distintas tecnicaturas y profesorados observarán las cargas horarias definidas en cada caso, teniendo en cuenta que ellas se proponen como carga horaria mínima común para facilitar la movilidad de los alumnos y alumnas y la validez nacional de las certificaciones correspondientes. En el marco de la autonomía provincial, podrán ser incrementadas de acuerdo con los proyectos curriculares provinciales o institucionales. IV. Especialidades Artísticas Cada institución puede ofrecer una o más especialidades según su historia institucional, recursos humanos, materiales, infraestructura y demandas, de acuerdo con el diagnóstico local, provincial y/o regional, para el fortalecimiento de su identidad y perfil institucionales. Para el Trayecto Artístico Profesional y la Tecnicatura Superior de Educación Artística se consideran las siguientes especialidades: Música: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje sonoro en general y con el musical en particular, contextualizado según distintos géneros y formas, instrumentos y modos de interpretación. Danza: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje corporal, en sus distintos géneros y formas de representación coreográfica. Teatro: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje teatral, sus diferentes géneros, técnicas dramáticas y actividades propias de la producción. Literatura: Esta especialidad, entendida como arte refiere al conjunto de itinerarios vinculados con la escritura según intencionalidades, finalidades y recursos utilizados. Artes Visuales: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje visual: dibujo, pintura, escultura, grabado, cerámica, entre otras tradicionalmente denominadas plásticas y con otras, tales como la fotografía, el diseño, el tapiz, que suponen otros medios para la composición de imagen pero cuyos elementos las ubican dentro del lenguaje visual. Artes Audiovisuales: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje audiovisual y la imagen en movimiento, en la interacción de lo visual con lo sonoro en sus distintas etapas de producción. Artes Multimediales: Esta especialidad refiere al conjunto de itinerarios vinculados con el lenguaje multimedial que integra palabra, sonido e imagen y que utiliza la informática para su desarrollo. V. Las instituciones de Educación Artística: sus funciones Las escuelas de Arte de todo el país tendrán, en el marco de su competencia, tres funciones específicas: Académica: formar a los/las alumnos/as en los niveles básico y superior, a fin de capacitar profesionales, técnicos y docentes, capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, capacidad creadora, sentido ético y sensibilidad social, atendiendo las demandas individuales y los requerimientos nacionales y regionales. Esta función incluye la Formación Docente Continua que comprende acciones de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente. Investigación: promover y desarrollar la investigación en el campo del arte, de la creación artística y de la enseñanza de las artes, estimulando y apoyando innovaciones educativas y regímenes alternativos (sistemas abiertos, a distancia, entre otros). Función de extensión: desarrollar acciones y servicios vinculados con la comunidad, mediante cursos, ciclos o actividades que respondan a las necesidades comunitarias, con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación. VI. Certificaciones En el Nivel Básico la realización de cada itinerario formativo conducirá a la obtención de certificados. La realización del Trayecto Artístico Profesional y del Nivel Polimodal conducirá a la obtención de títulos técnicos (Ejemplo: Técnico en... la especialidad elegida). En el Nivel Superior la realización de itinerarios formativos en este nivel, conducirá también a certificados. La realización de la Tecnicatura Superior conducirá a la obtención del título técnico superior (Ejemplo: Técnico Superior en... la especialidad elegida) . En el caso de cursar la Formación Docente recibirá el Título de Profesor en... la especialidad que el alumno haya elegido. Para ingresar al Nivel Superior, el alumno/a deberá haber cursado y aprobado, además, la Educación Polimodal.
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